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    Ordonnances municipales, autorité policière et travail féminin: la prostitution clandestine à Buenos Aires, 1870-1880

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    Este artículo aborda los años posteriores a la aprobación de la ordenanza de 1875, que reglamentó las casas de prostitución, para examinar su impacto en los sentidos morales atribuidos a ciertos lugares de ocio y sociabilidad masculina que dependían del trabajo femenino. Se trata de un periodo marcado por la aprobación de inéditos reglamentos sobre viviendas y lugares de sociabilidad en el marco de la construcción del poder municipal. En especial, argumenta que la noción de ?prostitución clandestina? permite examinar la construcción cotidiana de la autoridad, los ámbitos municipales como escenarios de disputa entre derechos y los arreglos laborales entablados en estos lugares.This article examines the years following the 1875 municipal ordinance that established regulations for houses of prostitution. It analyses the impact of this ordinance on the moral meanings of these establishments devoted to leisure and male sociability, which depended on women’s labour. This period of Buenos Aires’ history was shaped by the enactment of novel sanitary and municipal measures, in a context characterized by the construction of municipal authority. The article argues that the notion of “clandestine prostitution” can be used as a clue to examine the daily construction of local authority, the dispute of rights in the municipal setting, and labour relations in such establishments.Cet article examine l’impact de l’ordonnance de 1875 sur la réglementation des maisons closes, durant les années qui suivent son approbation, sur les sens moraux attribués à certains lieux de plaisir et de sociabilité masculine qui dépendaient du travail féminin. Il s’agit d’une période marquée par l’approbation de règlements inédits en matière d’habitat et de lieux de sociabilité dans le cadre de la construction du pouvoir municipal. En particulier, l’article avance que la notion de “prostitution clandestine” permet d’examiner la construction quotidienne de l’autorité, les cadres municipaux comme lieux de disputes entre droits et les arrangements en matière de travail conclus dans ces lieux. Mots clé: Buenos Aires, 1870-1880, municipalité,Fil: Schettini Pereira, Cristiana. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Filosofía y Letras. Instituto Interdisciplinario de Estudios de Género; Argentin

    La elección popular de los jueces de paz en la provincia de Buenos Aires: fracaso y conflicto de poderes

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    En la provincia de Buenos Aires, la dificultad de separar administración y justicia se hacía visible en los jueces de paz de los partidos, cuyo nombramiento tenía estrecha relación con la burocracia local, una forma de estructuración social que ritualizaba conductas y comportamientos de acuerdo a códigos compartidos a los que la sociedad debía adecuarse en relación con la propiedad de la tierra, la consolidación de los pueblos y la expansión de la frontera. (Garavaglia, 2007: 228- 230) Por esto, es importante reconstruir el perfil de los sujetos que ejercieron el cargo de jueces de paz, para entender las lógicas que guiaron su designación y observar la dinámica y funcionamiento de la institución. Establecidas esas lógicas de designación, ha podido dilucidarse que fueron mudando en función al contexto y la situación de la ocupación del territorio (Di Gresia, 2010: 1-3). Pero tan importante como saber quiénes eran y cómo actuaban, es saber quién y cómo los elegía y los nombraba. La Constitución de 1873 buscaba la descentralización, separando las funciones judiciales y administrativas, logrando que la división de poderes republicana superara la teoría y se concretara a nivel local con municipalidades y una organización judicial cercana y accesible, para que el litigio se resolviera allí donde se producía. El juez de paz debía convertirse en la base del sistema judicial provincial y para ello era indispensable organizar un sistema municipal a cargo de jurisdicciones locales. Pensado así, el texto constitucional estableció que los jueces de paz fueran funcionarios exclusivamente judiciales y agentes de los tribunales de justicia - es decir que ya no eran presidentes de las municipalidades de la campaña - siendo electos directamente por electores calificados. La forma y tiempo de elección, así como la duración en funciones, debía ser establecida por una ley que fue promulgada el 23 de mayo de 1878, pero cuyos efectos fueron suspendidos -junto con los de la ley de Municipalidades- el 4 de septiembre, así como las elecciones de municipales y jueces de paz programadas. Es nuestro objetivo conocer el contenido de esa ley de organización de la Justicia de Paz, en especial en lo referente a la elección popular, para luego analizar el conflicto de poderes que se produjo en relación a su concreción y el papel que la Suprema Corte de Justicia jugó en su resolución. Como paso previo, realizaremos una pesquisa en la legislación anterior (incluida la Constitución del Estado de Buenos Aires de 1854) sobre las funciones y mecanismos de nombramiento de los jueces de paz, desde su creación en 1821. Para toda esta tarea recurrimos a la Convención Constituyente de 1870-1873, a los Registros Oficiales provinciales, a las notas del juzgado de paz de Exaltación de la Cruz (partido de la provincia) y cada poder y contiene como antecedentes los debates legislativos relacionados con la ley de elección de los jueces de paz.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Vicente Santamaría de Paredes, político y administrativista

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    Santamaría de Paredes no fue una excepción en la época de la Restauración y posteriormente así, estuvo en la universidad, en las academias, en la política y en el ejercicio, pero fue además un gran investigador, en la vuelta entre los siglos XIX y XX. Como también lo es, hoy, Mariano Peset quien ha desempeñado varias líneas de investigación con gran aplicación. Pero es sin embargo en la historia de nuestra universidad donde Peset ha sido el pionero, ha agrupado en torno a su persona un numeroso grupo de investigadores que trabajan sobre su pasado y presente

    La enseñanza del derecho político en Valencia durante la Restauración

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    La edad ontemporánea supone un profundo cambio en la ciencia jurídica. En la Restauración borbónica comienza una ciencia jurídica nueva que se acerca al mundo européo con profesores como Colmeiro, Posada o Santamaría de Paredes. Hay conciencia de cambiar los métodos pedagógicos y de la importancia de la labor científica; un testimonio es el informe de Rafael de Oloriz y la discusión sobre la reforma de la enseñanza que aparece en las actas de la facultad de fines de siglo

    State of siege in public debate in argentina, 1862-1880: between political order and limited government

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    Las dirigencias políticas nacionales enfrentaron grandes dificultades y dilemas entre 1862 y 1880 para crear formas de funcionamiento político e institucional que aseguraran el orden pero que también establecieran límites a un ejercicio desmedido del poder. Esas dinámicas contrapuestas atravesaron la cuestión del estado de sitio, que generó extensas controversias políticas y doctrinales en distintos ámbitos de discusión pública, como la prensa especializada, el Congreso Nacional y la Universidad de Buenos Aires.National political elites faced great difficulties and dilemmas between 1862 and 1880 in creating forms of political and institutional operation that would ensure order but also set limits to a potential abuse in the exercise of power. Those opposing dynamics cut across the issue of the state of siege and raised extensive political and doctrinal controversies in different areas of public discussion such as the press, the National Congress and the University of Buenos Aires.Fil: Cucchi, Laura. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Oficina de Coordinación Administrativa Saavedra 15. Instituto de Historia Argentina y Americana "Dr. Emilio Ravignani". Universidad de Buenos Aires. Facultad de Filosofía y Letras. Instituto de Historia Argentina y Americana "Dr. Emilio Ravignani"; Argentin

    Una reflexión en torno a las primeras cátedras de historia general del derecho español (1883)

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    Este trabajo es una reflexión entorno a las causas que motivaron la aparición y persistencia, a través de los tiempos, de la asignatura de Historia general del derecho español y la creación de sus primeras cátedras, así como su cuerpo profesoral, en los planes de estudio de la facultad de derecho. This study is a reflection about the causes that gave rise to the appearance and persistence, through the times, of the fírst Chairs on the subject of general History of Spanish Law, in the curriculums for the Facuhy of Law

    La administración de justicia en la provincia de Buenos Aires, 1853-1881

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    Esta tesis doctoral, que se ubica en la provincia de Buenos Aires entre 1853 y 1881, tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. Por ello la investigación, centrada en la Justicia, gira sobre estos tres ejes teniendo siempre presente la relación del poder judicial con el Estado y la Sociedad.Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educació

    Una reflexión en torno a las primeras cátedras de historia general del derecho español.

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    Este trabajo es una reflexión entorno a las causas que motivaron la aparición y persistencia, a través de los tiempos, de la asignatura de Historia general del derecho español y la creación de sus primeras cátedras, así como su cuerpo profesoral, en los planes de estudio de la facultad de derecho.This study is a reflection about the causes that gave rise to the appearance and persistence, through the times, of the fírst Chairs on the subject of general History of Spanish Law, in the curriculums for the Facuhy of Law.Publicad

    La ley y las costumbres. Apuntes sobre los registros civiles y los libros parroquiales en el Perú de la segunda mitad del siglo XIX (1857-1879)

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    In mid-nineteenth-century Peru there were several attempts to organize the collection of trustworthy demographic data from the whole country. M.A. Fuentes, the head of the Department of Statistics was a key figure in this process. In order to achieve his aim, he tried to obtain the collaboration of ecclesiastical and civil authorities. Local priests, however, felt pressured and in their replies revealed the unfortunate state of their records of births, marriages and deaths. They also argued that the population and local and regional officials did not give them any help in preparing the information that the government requested. This article, in sum, reflects the tensions between the clergy and political authorities at a crucial time in the construction of the republican state.En el Perú de mediados del siglo XIX se producen varias tentativas de organizar un flujo de datos demográficos fiables provenientes de todo el país. M.A. Fuentes, jefe de la Dirección de Estadística, fue un actor importante en el proceso. Para conseguir sus objetivos recurrió a la colaboración de autoridades eclesiásticas y civiles. Los párrocos se sintieron presionados, y en sus respuestas presentaron un cuadro lamentable de la situación de los libros de nacimientos, matrimonios y defunciones. Aducían además que la población y las instancias locales y regionales no daban facilidades para elaborar la información que desde el Estado se les requería. El trabajo presenta en definitiva las tensiones entre clero y autoridades políticas en una coyuntura clave de la construcción del Estado republicano

    Diferencias y semejanzas entre el recurso à corôa portugués y la vía de la fuerza

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    En la Edad Moderna europea y como consecuencia de las nuevas doctrinas que surgen para explicar y justifi car el control que el poder real ejerce sobre la jurisdicción eclesiástica, aparecen en la escena jurídica una serie de fi guras. En Portugal, se encuentra el recurso à Corôa; en España, el llamado recurso de fuerza. Ambos institutos participan de un análogo ambiente doctrinal lo que justifi ca sus semejanzas. Sin embargo, no hay una identidad, y las particularidades históricas y jurídicas de ambas monarquías explican las diferencias que se aprecian entre estos dos recursosIn the Modern European Age and as consequence of the new doctrines that serve to explain and to justify the control that the royal power exercises on the ecclesiastic jurisdiction, a series of fi gures appear in the juridical scene. In Portugal, one fi nds the Resource to Corôa; in Spain, the so called Resource of Force. Both institutes inform of an analogous doctrinal environment what justifi es their similarities. Nevertheless, there is no an identity, and the historical and juridical particularities of both Monarchies explain the diff erences that they appreciate between these two resource
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